Certificados de Ahorro Energético (CAE) por instalar aerotermia: Cuánto dinero te pagan y cómo cobrarlo

El sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE), regulado en España mediante el Real Decreto 36/2023 y la Orden TED/815/2023, se ha consolidado como el mecanismo de incentivo económico más ágil, seguro y rentable para particulares que sustituyen calderas fósiles por bombas de calor aerotérmicas.

Atrás quedaron los meses o años de incertidumbre burocrática de los antiguos programas PREE 5000 o Plan de Recuperación Next Generation. Con el sistema CAE, el ahorro de energía final verificado se convierte en un cheque directo en cuenta bancaria abonado en 30 a 60 días por comercializadoras energéticas o Sujetos Delegados. En esta guía técnica explicamos con rigor legal cuánto dinero te corresponde cobrar, cómo se calcula y el paso a paso documental para no perder un solo euro.

Cifras Clave del Sistema CAE en España

  • Importe medio cobrado por vivienda unifamiliar: Entre 950 € y 2.400 € netos según la potencia de la máquina y la zona climática.
  • Plazo medio de pago: Entre 30 y 60 días tras la emisión del certificado RITE legalizado.
  • Compatibilidad tributaria: 100% compatible con la deducción fiscal del IRPF (hasta el 40% o 60%) y con ayudas autonómicas concurrentes siempre que no financien el mismo MWh certificado.

1. ¿Qué es un CAE y de Dónde Procede el Dinero?

Por mandato de las directivas europeas de eficiencia energética, las grandes compañías energéticas (petroleras, gasistas y comercializadoras eléctricas como Repsol, Cepsa, Naturgy, Endesa o TotalEnergies) denominadas Sujetos Obligados tienen la obligación anual de ingresar millones de euros en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).

El Real Decreto 36/2023 permite a estas energéticas liberarse de ese pago millonario si demuestran que han promovido ahorros reales de energía en usuarios finales mediante la compra de Certificados de Ahorro Energético (CAE). 1 CAE equivale exactamente a 1 kWh de ahorro de energía final conseguido durante el primer año.

Por tanto, cuando retiras tu vieja caldera de gasóleo o gas natural y montas una bomba de calor aerotérmica de alto rendimiento, estás generando miles de kilovatios-hora de ahorro final. Las comercializadoras te pagan en efectivo por los derechos de ese ahorro para liquidar sus obligaciones ante el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO).

2. El Catálogo Oficial del MITECO: Ficha RES010

Para evitar auditorías energéticas complejas en el ámbito residencial, el MITECO ha creado un catálogo de actuaciones estandarizadas. La sustitución de equipos térmicos por bomba de calor aerotérmica se rige por la Ficha RES010: Bomba de calor aire-agua para climatización y/o ACS:

  • Requisito técnico indispensable: La bomba de calor debe tener un rendimiento estacional SCOP superior a 2,5 (cumpliendo con la directiva europea para ser considerada energía renovable). Prácticamente cualquier máquina moderna con R-32 o R-290 supera con creces un SCOP de 3,8 a 4,5.
  • Equipo sustituido: Debe desmantelarse y certificarse la inutilización o achatarramiento de la caldera previa de combustible fósil (gasóleo C, gas natural, GLP o carbón).

3. ¿Cuánto Dinero se Cobra Realmente? Tabla de Liquidación por Zonas

La cuantía final depende de dos variables: los MWh de ahorro reconocidos por la fórmula estandarizada de la ficha RES010 (que premia las zonas más frías con mayor demanda histórica) y el precio de cotización del CAE en el mercado secundario (que en 2024-2026 oscila entre 95 € y 135 € por MWh de ahorro final):

Zona Climática CTE Vivienda 100 m² (Máq. 6-8 kW) Vivienda 150 m² (Máq. 10-12 kW) Chalet 200+ m² (Máq. 16 kW)
Zona A y B (Litoral Mediterráneo / Sur) 750 € – 920 € 950 € – 1.250 € 1.300 € – 1.600 €
Zona C (Cornisa Cantábrica / Cataluña) 1.050 € – 1.300 € 1.350 € – 1.700 € 1.750 € – 2.100 €
Zona D (Madrid, Zaragoza, Meseta Norte) 1.250 € – 1.550 € 1.600 € – 2.050 € 2.100 € – 2.550 €
Zona E (Ávila, Soria, León, Montaña) 1.450 € – 1.800 € 1.900 € – 2.350 € 2.400 € – 2.950 €

4. Diferencias entre Fondos Next Generation y los Nuevos CAE

Para comprender la revolución que suponen los CAE, comparemos ambos sistemas frente a frente:

Característica Antiguos Fondos Next Generation EU Sistema CAE (RD 36/2023)
Tiempo de Cobro Entre 12 y 24 meses (bloqueos autonómicos habituales). Entre 30 y 60 días naturales.
Disponibilidad de Fondos Presupuesto cerrado por orden de llegada que solía agotarse. Mecanismo permanente de mercado privado sin cupos anuales.
Entidad Pagadora Comunidades Autónomas (fondos públicos comunitarios). Sujetos Obligados / Delegados (empresas energéticas solventes).

5. Paso a Paso Documental para Tramitar y Cobrar tu Cheque CAE

La tramitación del CAE no la realiza el particular directamente ante el Ministerio, sino a través de un Sujeto Delegado acreditado (empresas energéticas, consultoras de eficiencia o las propias plataformas de tramitación de los instaladores RITE):

  1. Firma del Convenio CAE (Previo o Concomitante): Antes o durante la instalación, el propietario suscribe un sencillo documento de cesión de los derechos de ahorro energético a favor del Sujeto Delegado a cambio de una contraprestación económica fijada de antemano.
  2. Ejecución y Legalización RITE: La empresa instaladora autorizada ejecuta la obra y registra el Certificado de Instalación Térmica (Boletín RITE) ante la Dirección General de Industria de la comunidad autónoma.
  3. Fotografías Georreferenciadas: Se aporta fotografía de la placa de características de la nueva bomba de calor instalada y fotografía del desmantelamiento de la caldera antigua.
  4. Factura Detallada y Justificante Bancario: Factura desglosada con número de serie de los equipos y justificante bancario de pago (no se admiten pagos en efectivo).
  5. Validación y Transferencia Bancaria: El verificador acreditado por ENAC valida el expediente y en un plazo habitual de 30 a 60 días, el Sujeto Delegado transfiere el importe pactado directamente a la cuenta corriente del cliente.

6. Compatibilidad con la Deducción Fiscal en el IRPF (RD 450/2022)

Uno de los mayores atractivos económicos en España es que el cobro del CAE no anula la deducción por obras de mejora de eficiencia energética en el IRPF:

  • Deducción del 40% (hasta 3.000 € anuales): Si la instalación de aerotermia reduce al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda (acreditado mediante certificado de eficiencia energética previo y posterior registrado).
  • Deducción del 60% (hasta 5.000 € anuales): Para rehabilitaciones energéticas en edificios residenciales completos o viviendas unifamiliares que alcancen clase energética A o B.
  • Regla de cálculo de Hacienda: La base máxima de deducción de la obra se minorará únicamente en la cuantía exacta del cheque CAE percibido. El resto del gasto facturado desgrava íntegramente al porcentaje correspondiente en tu declaración de la renta.

7. Preguntas Frecuentes sobre Subvenciones CAE (FAQ)

¿Tributa el cheque del CAE en la declaración de la renta como ganancia patrimonial?
A diferencia de las subvenciones tradicionales a fondo perdido (que computan en la base general del IRPF como ganancia patrimonial no derivada de transmisión), la cesión del CAE se configura jurídicamente como una contraprestación mercantil por la venta de un derecho de ahorro energético o bien minoración directa del coste de adquisición en factura si se aplica como descuento directo por parte del instalador. Consulta con tu asesor fiscal el tratamiento según si lo percibes como abono bancario o descuento en factura.
¿Puedo cobrar el CAE si cambio una caldera de gasoil antigua que no tenía papeles?
Sí, siempre y cuando se pueda acreditar fotográficamente la existencia física y la retirada/achatarramiento de la caldera en la vivienda habitual. El instalador RITE reflejará en la memoria de sustitución el desmantelamiento del equipo generador fósil previo.
¿Qué ocurre si la empresa instaladora se niega a tramitarme el CAE?
No estás obligado a tramitarlo con tu instalador. Cualquier usuario particular con su factura legal, justificante de transferencia bancaria y boletín RITE visado puede acudir de forma independiente a plataformas digitales de agregación de CAE o contactar con un Sujeto Delegado autorizado para ceder sus derechos y cobrar su cheque.

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